Cuando hablamos de que nuestro principal objetivo como Servicio de Prevención Ajeno es promover e inculcar la Cultura Preventiva entre nuestros clientes, lo que queremos transmitir es precisamente que el establecimiento de medidas que hagan descender los niveles de riesgos a mínimos o incluso los hagan desaparecer, debe ser la prioridad tanto para el trabajador como para el empresario en cualquier actividad laboral.
Los Equipos de Protección Individual (EPI´s), regulados desde el punto de vista de la seguridad y la salud en el trabajo, por el Real Decreto 773/1993 de 30 de Mayo, y cuyo uso es obligatorio, juegan un papel primordial para evitar la siniestralidad laboral, tratando de proteger al trabajador de un riesgo presente que no ha podido ser suprimido.
Así, el diseño y la utilidad de estos instrumentos (marcado por el RD 1407/1992, de 20 de noviembre) radica desde el punto de vista de la Seguridad, en la reducción de las consecuencias propias del riesgo; mientras que desde el punto de vista de la Higiene Industrial, su función es la reducción de la concentración de los niveles de las sustancias contaminantes a las que se encuentre expuesto el trabajador.
Mediante la Evaluación de Riesgos realizada previamente por el Técnico especialista en Prevención de Riesgos Laborales, se obtendrá la información necesaria para asignar cada equipo de protección individual, a la actividad concreta que se realiza en cada centro de trabajo. El trabajador será informado de dichos riesgos y se le proporcionarán, por parte del empresario, los EPI´s necesarios para la misma, siendo responsabilidad del trabajador su uso.
Desde Seprex, pondremos todo nuestro esfuerzo para que el uso de estos equipos se conviertan en una rutina por parte del trabajador, siendo garante de su seguridad y contribuyendo a un descenso de la siniestralidad laboral, nuestro objetivo fundamental.