El artículo 22 de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales cita en su apartado 1 que “El empresario garantizará a los trabajadores a su servicio la vigilancia periódica de su estado de salud en función de los riesgos inherentes al trabajo”.
Así, el Reconocimiento Médico Laboral consiste en un análisis del estado de salud del trabajador, con el fin de evaluar las capacidades físicas y mentales del mismo, detectar precozmente posibles patologías que son consecuencia de la actividad laboral o influyen sobre esta, y adaptar las condiciones de su puesto de trabajo, tratando de prevenir el riesgo para su salud.
La confidencialidad de los resultados será garante del derecho a la intimidad y la protección de los datos del trabajador, que será el único en tener acceso a los mismos por parte del personal sanitario. La empresa, por su parte, recibirá un Certificado de Aptitud expedido por un Médico especialista en Medicina del Trabajo, en el cual se reflejará la aptitud o no del trabajador para desempeñar su tarea en su puesto de trabajo.
Si bien la realización de los exámenes de salud estará supeditada a la voluntariedad del trabajador, será obligatoria en caso de que:
- El reconocimiento sea imprescindible para evaluar los efectos de las condiciones de trabajo sobre la salud de los empleados.
- Se haya detectado riesgo de sufrir alguna enfermedad profesional en el mismo puesto de trabajo
- Sea necesario verificar si el estado de salud del trabajador puede constituir un peligro para él mismo, para los compañeros o para otras personas relacionadas con la empresa.
- Los casos en los que esté establecido en una disposición legal en relación con la protección de riesgos específicos y actividades de especial peligrosidad.
No obstante, cada vez son más las sentencias que declaran la obligatoriedad de la realización de los reconocimientos médicos en todos los casos, recogiendo las responsabilidades del empresario por la falta de los mismos.
Por otra parte, la realización de los citados reconocimientos médicos permitirá a la empresa disminuir las bajas laborales y la posibilidad de accidentes laborales; y al trabajador detectar posibles patologías cuyo diagnostico precoz incidirá positivamente sobre su salud.
Es por ello, que desde Seprex animamos a empresas y trabajadores a realizar los exámenes de salud como método de incidencia positiva en la mejora de la Prevención de Riesgos Laborales de su empresa.