Posiblemente, estas sean muchas de las preguntas que se hacen algunas empresas del sector de la construcción. El Registro de Entidades Acreditadas (REA) entró en vigor en Agosto del año 2008, con el fin de incluir a todas aquellas empresas o autónomos con trabajadores del sector de la construcción que quieren intervenir en un proceso de subcontratación.
¿Qué acredita el REA?
Las empresas inscritas en el REA acreditan que:
- Disponen de todos los medios materiales e infraestructura necesaria para su actividad con la capacidad y calidad suficiente para llevar a cabo la dirección de los trabajos, asumiendo los riesgos, obligaciones y responsabilidades que requiere este sector.
- Que todos los trabajadores pertenecientes a la empresa poseen la formación necesaria en materia de prevención de riesgos laborales.
- Que la empresa posee una organización preventiva adecuada a la ley de Prevención de Riesgos Laborales
Tienen la obligación de inscribirse todas las empresas o autónomos con asalariados que contraten o subcontraten la realización de cualquier trabajo en obra.
¿Qué documentación debe presentar la empresa para inscribirse en el REA?
- Documentación acreditativa de la disposición por la empresa de una organización preventiva adecuada a la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.
- Documentación acreditativa de la formación recibida por los trabajadores (Formación TPC 20 Horas)
- Documentación acreditativa de la formación recibida por el personal directivo (Formación TPC Directivos 10 Horas)
La inscripción en el registro será única y tendrá validez en todo el territorio español durante un período de 3 años, pudiendo ser renovado por períodos iguales.
Si necesitas más información, no dudes en contactar con Seprex Servicio de Prevención de Riesgos Laborales en 924 847 888