Trabajos en Épocas de Altas Temperaturas

Con la llegada del periodo estival se acrecientan los riesgos para la seguridad y salud de las personas trabajadoras derivados de la exposición a temperaturas elevadas, como consecuencia fundamentalmente de la prestación de servicios al aire libre o en entornos laborales calurosos. Estos riesgos se están viendo claramente incrementados con la intensificación de los cambios en el clima, que se están produciendo tanto a nivel global como particularmente en España.

El Ministerio de Sanidad activó el pasado 16 de mayo el Plan Nacional de Acciones Preventivas de los Efectos del Exceso de Temperaturas sobre la salud que permanecerá activado hasta el 30 de septiembre, con un criterio de flexibilidad, y cuyo objetivo es prevenir y reducir los efectos negativos del calor sobre la salud, especialmente en los grupos más vulnerables: personas mayores, mujeres gestantes, niños y enfermos crónicos.

Según el Real Decreto-ley 4/2023, de 11 de mayo, “Cuando se desarrollen trabajos al aire libre y en los lugares de trabajo que, por la actividad desarrollada, no puedan quedar cerrados, deberán tomarse medidas adecuadas para la protección de las personas trabajadoras frente a cualquier riesgo relacionado con fenómenos meteorológicos adversos, incluyendo temperaturas extremas”.

Las medidas preventivas incluirán la prohibición de desarrollar determinadas tareas durante las horas del día en las que concurran fenómenos meteorológicos adversos, en aquellos casos en que no pueda garantizarse de otro modo la debida protección de la persona trabajadora.

Así pues, en el supuesto en el que se emita por la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET) o, en su caso, el órgano autonómico correspondiente en el caso de las comunidades autónomas que cuenten con dicho servicio, un aviso de fenómenos meteorológicos adversos de nivel naranja o rojo, y las medidas preventivas no garanticen la protección de las personas trabajadoras, resultará obligatoria la adaptación de las condiciones de trabajo, incluida la reducción o modificación de las horas de desarrollo de la jornada laboral prevista.

Se deberá tener en cuenta que el calor es un peligro para la salud porque nuestro cuerpo, para funcionar con normalidad, necesita mantener invariable la temperatura en su interior en torno a los 37ºC. Cuando la temperatura central del cuerpo supera los 38ºC ya se pueden producir daños a la salud y, a partir de los 40,5ºC, incluso la muerte.

Las olas de calor, cada vez más frecuentes e imprevisibles, incrementan considerablemente los riesgos para la salud de los trabajadores y trabajadoras, donde el estrés térmico por calor puede llevar a consecuencias fisiológicas graves.

Para más información, recomendamos consultar el “PROCEDIMIENTO PARA EL TRABAJO EN ÉPOCAS DE ALTAS TEMPERATURAS” adjunto al final del presente email, así como el espacio web (INSST) donde se pueden encontrar los contenidos de la campaña habilitada por el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo «CON EL SOL ES TIEMPO DE PREVENCIÓN».

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